este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DEL RÉGIMEN, impuesto al ciudadano: SILVA JOSÉ RODRIGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nr.9.144.403 y residenciado en la Calle 20, Avenida 4, Nr. 262, Barrio La Victoria, Rubio, Estado Táchira, por el delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 3 del Código Penal, en perjuicio de OTTO SANCHEZ GONZALEZ y en consecuencia se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tales hechos punibles, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.