este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: Se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a favor de EDWIN DAVID ROJAS, Colombiano, nacido en fecha 21-02-1982, indocumentado, y con residencia en Santa Ana, barrio Carrizal calle 2, casa 169, cerca de la Bodega, estado Táchira y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.