Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECLARA CUMPLIDA LA CONDENA Y EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y por consiguiente la LIBERTAD PLENA al penado MEZA FREDDY DEL CARMEN, ampliamente identificado en autos, por haber cumplido totalmente con la pena de OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO (arrebatón) y DAÑOS MATERIALES, previstos y sancionados en los artículos 458 único aparte y 475 ordinal 1° ambos del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el articulo 105 del Código Penal. Notifíquese. Librese las boletas respectivas. Remítanse las presentes actuaciones al archivo judicial en su oportunidad legal.