este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA PRINCIPAL, impuesta al ciudadano, RAFAEL GREGORIO SUAREZ, venezolano, nacido el 17/05/1957, titular de la de cedula V-6.023.026, soltero, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en Vera Cruz cerca del terminal carrera N° 24 San Cristóbal Estado Táchira, por el delito de HURTO SIMPLE, previstos y sancionados en los Art. 451 del Código Penal. Se decreta el cumplimiento de las penas accesorias de conformidad con lo establecido en el artículo 16 ordinal 2° del Código Penal, consistente en la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, por el lapso de CUATRO (04) MESES es decir hasta el día 19 de Octubre de 2007 y así se decide,
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