este Juzgador de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 03, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Defensora Ghilda Peña del ciudadano penado ROJAS JUAN MANUEL Venezolano, mayor de edad, natural de Barquisimeto estado Lara, nacido en fecha 12 de Julio 1980, soltero, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad V-15.847.584, residenciado en El Corozo Sector La Pampa casa sin numero Estado Táchira actualmente recluido ene. Centro Penitenciario de Occidente y en consecuencia ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de prisión que debe cumplir en CONFINAMIENTO, durante un lapso de es UN (01) MES Y SIETE (07) DIAS Y OCHO (08) HORAS de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.