TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD NÚMERO TERCERO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA el BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO como fórmula alternativa de cumplimiento de pena al penado: MONTALVO Colombiano, mayor de edad, con Cedula de Identidad N° E-81.832.810, soltero, de profesión u oficio Agricultor residenciado en Barrio El Carrizal N° 2-83 Santa Ana del Táchira por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Déjese copia para el archivo. Notifíquese a las partes mediante Boleta de Notificación.
La Juez de Ejecución
Abg. HILDA MARIA MORA R
La Secretaria
Abg. PATRICIA SIERRA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
HMM.
Exp. E3-2183/05.....