En razón de lo anteriormente expuesto, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: ACUERDA la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada: SANCHEZ HERNANDEZ MARGARITA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-5.730.831, natural de la fría Estado Táchira, nacida el 04/10/1957, soltera, de profesión ama de casa, residenciada en el barrio las delicias parte baja, carrera 20, con calle 10 y 11 BIS N° 10-70 La Fría Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en el artículo 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE IMPONEN al penado: SANCHEZ HERNANDEZ MARGARITA, de conformidad con artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes condiciones:
1.-No salir de la jurisdicción del.....