PRIMERO: REVOCA la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO otorgada en fecha 02/05/08 a la ciudadana SONIA BLANQUER VALLES, española, portadora de la cédula de identidad N°
53218672-F, por la comisión del delito de FACILITADORA EN EL
TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el artículo 84 ordinal 3° del Código Penal.
SEGUNDO: Por cuanto la penada de autos no se encuentra a derecho, se ordena librar Orden de Aprehensión a todos los organismos de seguridad del Estado, a los fines de lograr su ubicación y consecuente encarcelación en el Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana-Estado Táchira. Sitio en el cual deberá finalizar el cumplimiento de la condena que en su oportunidad le fue impuesta.
Líbrese oficio a Centro de Tratamiento de Comunitario "Dr. Juan Tovar Gudez". Noti.....