Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
UNICO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA PENA impuesta al ciudadano. MICHAEL STANLIN TACLE, venezolano, de profesión obrero, de Estado Civil Soltero, residenciado en la calle Tucupido Nº 10, La Pedrera, Maracay, Estado Aragua, por el delito de Homicidio Intencional Simple en Grado de Frustración, previsto en el artículo 407 en concordancia con el artículo 80 y 82 todos del Código Penal. En consecuencia, se decreta LA EXTINCION DE SU RESPONSABILIDAD CRIMINAL derivada de la comisión de tal hecho punible y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal.
Notifíquese y remítase el expediente al Archivo Judicial de este Circuito Judicial penal del Estado Táchira, en virtud de la terminación definitiva del proceso penal, y déjese copi.....