PRIMERO: CONDENA al ciudadano: ALEXANDER OVALLES SILVA, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 10-09-1978, titular de la cédula de ciudadanía N° 88.235.636, de 25 años de edad, soltero, de profesión u oficio latonero, Domiciliada en la Cuesta del Trapiche, Barrio San Andrés, parte baja, casa N° 21, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISION, por la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 ultimo aparte del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana Yuraima Esperanza Cruz Alviarez, en el lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, correspondiente, condenando igualmente al Acusado, a las penas accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, informando a ese despacho que el condenado se encuentra bajo medida cautelar sustitutiva de Libertad otorgada por este despacho en esta misma fecha, de conformidad con.....