En consecuencia, ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JU¬DICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RE¬SUELVE:
ÚNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de la defensa, y en consecuencia, REVISA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los acusados HUMBERTO HERRERA CORREA y HOSMAN KENT CARRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs. 13.821.686 y 16.612.238, respectivamente, actualmente recluidos en el Cuartel de Prisiones de la Policía del Estado Táchira, por la comisión de los delitos de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previstos y sancionados en los artículos 281 y 239 del Código Penal, en agravio del Orden Público, y la sustituye por una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinales 3, 4 y 9 del C.....