ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: UNICO: NEGAR la solicitud de la Defensa de Revisión de la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la sustitución de otra menos gravosa, decretada al imputado HENRY MORENO CORTEZ, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el día 26 de septiembre de 1974, de 31 años de edad, hijo de Luis Moreno (v) y Carmen Cortez (v), titular de la cedula de identidad N° V-19.737.816, de estado civil soltero, de profesión u oficio orfebre, domiciliado en la calle 8, entre carreras 15 y 16, casa N° 15-57, Barrio Obrero, San Cristóbal, Estado Táchira, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el Artículo 457 del Código Penal, y en consecuencia; MANTIENE CON TODOS SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVA.....