ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: DECLARA ABSUELTO con Aplicación del Principio In dubio Pro Reo al acusado DUGLAS IVAN LA CRUZ VIVAS, nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad No.- 23.914.581, natural de la Florida, estado Táchira, nacido en fecha 27-04-1990, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio agricultor, con residencia en la Florida, Aldea Pan de Azúcar, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente en perjuicio del niño A.J.V (identidad omitida por disposición legal). SEGUNDO: EXONERA EN COSTAS AL ESTADO, por considerar.....