DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO N 4, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano EDUARDO LUIS BARAJAS, por la comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN
SEGUNDO: Condena al ciudadano EDUARDO LUIS BARAJAS a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: Exonera al ciudadano EDUARDO LUIS BARAJAS del pago de las Costas Procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CUARTO: Mantiene La Medida de Privación Preventiva de la Libertad, que le fuera decretada en fecha 01 de Octubre de 2008, por el Juzgado Séptim.....