este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SUSTITUYE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, de las previstas en el artículo 256 ordinales 2° y 3º en concordancia con el artículo 259, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado DIOGENES DE JESUS MEDINA, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el Artículo 413 del Código Penal, esto es con las obligaciones de:
1.- La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o familiar determinado.
2.- Presentaciones cada QUINCE (15) días ante la Prefectura más cercana a su domicilio, nombre que aportara el encausado al momento de presentarse ante este Tribunal.
3.- Presentación de una Caución Juratoria.
Déjese copia para.....