PRIMERO: DECLARA CULPABLE al acusados JONATHAN HARRISON FLORES QUINTERO, Venezolano mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 29-12 1988, titular de la cedula de identidad Nro V-19.510.557, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, y JOSE ENRIQUE CALDERON CACERES, venezolano mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 11-09-1988, titular de la cedula de identidad Nro V-21.089.511, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente, de la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en concordancia con el 46 numerales 5 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano
SEGUNDO: DECLARA CULPABLE al acusados JONATHAN HARRISON FLORES QUINTERO, Venezolano mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, naci.....