Razón por la cual me impide seguir conociendo la presente causa, y que lleva a INHIBIRME, por considerar que me encuentro incursa en la causa prevista en el artículo 86 numeral 4°, en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Es por ello que de conformidad con lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se acuerda remitir la presente causa a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, para que procedan a su distribución en otro Tribunal de esta misma competencia y copia certificada de todo lo relacionado con la inhibición propuesta a la Corte de Apelaciones. Líbrense los oficios correspondientes.