En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCIÓN DE JUICIO NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: DECLARA CULPABLE PENALMENTE al contraventor ALFONSO GIOVANNIT DUARTE MONCADA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.864.599, ocupación y oficio comerciante, domiciliado en la calle san isidro a san José, casa nro 13, sector San José del ávila, Municipio Libertador, Caracas, distrito Capital, teléfono 0424-2318514, por la presunta comisión de la falta contenida en el artículo 506 del Código Penal, PERTURBACIÓN DE LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, en perjuicio del Orden Público. en perjuicio del Orden Público, imponiéndole la multa de UNA (01) Unidad Tributaria. Remítase la presente causa al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de este Circuito Judicial Penal, una vez se dicte.....