En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: DECLARA CULPABLES a los acusados MARLON ANDRES DURAN PICON y JONATHAN DE JESUS HERRERA TOVAR, suficientemente identificados en autos, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, respectivamente. SEGUNDO: CONDENA a los acusados MARLON ANDRES DURAN PICON y JONATHAN DE JESUS HERRERA TOVAR, suficientemente identificados en autos, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, respectivamente; a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS Y UN (01) MES DE PRISION, conforme al procedimiento establecido en el artí.....