UNICO: REVISA Y MANTIENE CON TODOS SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada por el Tribunal Constitucional competente, a el acusado MARQUEZ BUITRAGO RICHARD ALFONSO identificados en autos, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149, en concordancia con el artículo 163 ordinal 9° de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano y de la Colectividad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide.