Por los razonamientos anteriormente esbozados, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve: -----------
Primero: Se admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO JAIMES ROMERO, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 219 del Código Penal Vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio del Orden Público.----------------------
Segundo: Se admiten los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público, por ser de obtención lícita, pertinentes al marco fáctico del juicio, necesarios para la formalización y obtención de la verdad y de incorporación legal al debate.-
Tercero: Se Decreta el Beneficio de la Suspensión Condicional del Proceso, al imputado CARLOS ALBERTO JAIMES .....