este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Nueve del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Se Sustituye la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a favor del ciudadano HENRY ANTONIO COLMENARES NIÑO, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Táriba, Estado Táchira, con fecha de nacimiento 20-11-1972, de 44 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V.- 12.231.424, de Profesión u oficio comerciante, con estado civil soltero, domiciliado en Tucape, calle principal, casa N° 12-20, a media cuadra de la panadería, Estado Táchira, teléfono 0276-3418091 y 0414-7086401, por la presunta comisión de los tipos penales de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 2° en concordancia con el artículo 417 ambos.....