DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control Numero Ocho del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara la extinción de la acción penal seguida en contra del ciudadano JOSE MAURICIO RAMÍREZ RAMIREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 10.157.542, nacido en fecha 15/04/1966, con residencia en Residencias Quinimari, edificio A-68, piso 2, apartamento 04, municipio San Cristóbal estado Táchira; por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 en concordancia con el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de DIEGO LENNIN QUIROZ BELTRAN, titular de la cédula de identidad N° V- 18.391.214; de conformidad con lo previsto en el numeral 6 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal..
SEGUNDO.....