DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones De Control N° 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
Único: Niega la entrega del vehículo el cual aparece en los datos del certificado de registro automotor, como camioneta, placas 600 GBC, serial de carrocería N° AJF10U48169, serial del motor 6 cilindros, marca Ford, año 1978, color blanco, tipo pick up, uso carga; al ciudadano DOUGLAS DANIEL D´LUKE, titular de la cédula de identidad N° 7.813.845. Asimismo, se ordena al Ministerio Público, continúe con la investigación y se determine mediante otra experticia, la cual pudiera realizarse por un experto de la planta ensambladora, para así determinar con exactitud si el vehículo presenta o no alteración de los seriales de identificación.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase al Ministerio Públic.....