Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 8, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: Acuerda la prórroga de quince (15) días para la presentación del acto conclusivo solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público en la presente causa seguida a los ciudadanos JOSÉ LUÍS GARCÍA, JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ PINILLA y ÁNGEL ARECIO MEDINA MENDOZA, a quien se les imputa los delitos ut supra mencionados; todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. La fecha de vencimiento de la prórroga es el día 16 de marzo de 2011. Notifíquese a la defensa y al Ministerio Público.
Déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal.