En mérito de los expuesto este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira.
RESOLVIO:
1. Decretar como medida de coerción personal MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA LIBERTAD respecto a la imputada BETTY ZULAY CAÑAS BARON, de condiciones civiles y personales, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y ULTRAJE A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los artículos 218 y 222 del Código Penal, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que se dejaron consignadas en la providencia, consistentes en presentaciones cada veinte (20) días por ante este Tribunal y las veces que sea requerida, conforme con el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.
2. DECLARAR que la imputada BETTY ZULAY CAÑAS BARON fue sorprendido en estado de FLAGRANCIA, debiendo la causa continuar por el procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo solicitado por el .....