Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: SE ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana ILIA MEDINA GUERRERO, actuando en este acto con el carácter de Defensora del Pueblo Delegada en el Estado Táchira, en la que denuncia la violación a la libertad y seguridad personal, en virtud de la actuación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas ¿ Delegación Estadal Táchira