PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado VICTOR JUNIOR GALVIZ RODRIGUEZ, de nacionalidad Española, pasaporte N° AAF546474, nacido en fecha 11-05-1988, en Valencia, estado Carabobo, soltero, estudiante, de 24 años de edad, domiciliado en Avenida Ignacio Coca, Bloque 12, Bajo A, ciudad de Marbella, Málaga Provincia de Andalucía, España; por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en artículo 149 encabezamiento en concordancia con el 163 numeral 11 de la Ley de Drogas.
SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especificadas en el escrito acusatorio, por ser licitas, necesarias y pertinentes para el debate oral, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Condena a VICTOR JUNIOR GALVIZ RODRIGUEZ, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN.....