el TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 8, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE,
1. ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN FISCAL y LAS PRUEBAS en contra de CLEMENTE JAIMES LOPEZ Venezolano, natural de Guacas Santanderdel Zulia, Republica de Colombia, titular de la cédula de identidad Nº V-23.159.732, nacido el 10-10-1972, de profesión u oficio agricultor, soltero, Residenciado en Sector Valle Plateado, Aldea Zaezallar, Parroquia San Juan Peñalosa, Municipio Uribante Estado Táchira, a quien el Ministerio Publico le imputa la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria,