Por todo lo anteriormente señalado este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Nº 08, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara a los ciudadanos JEHAN CARLOS ÁLVAREZ CACERES, venezolano, nacido el 06/06/1988, titular de la cédula de identidad V- 18.391.681, domiciliado en La Guacara, calle 3, casa N° 9-54, San Cristóbal, estado Táchira y JOSUE DOMENICO RODRÍGUEZ CUELLAR, venezolano, nacido el 28/10/1988, titular de la cédula de identidad V- 18.790.713, domiciliado en la Hortaliza, vía el Llano, calle principal, casa N° 181, estado Táchira, consumidores de sustancias estupefacientes, por lo que se les impone las medidas de seguridad de reinserción social y servicio comunitario, previstas en los numerales primero y tercero 130 de la Ley Orgánica de Drogas. Correspondiendo al Juez de Primera Instancia en Función de Ejecución d.....