PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del acusado COVA LUIS JESUS, de nacionalidad venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.836.844, nacido en fecha 07-08-1.953, de 52 años de edad, de profesión u oficio militar retirado, residenciado en la calle 09, N° 15-49, Barrio 20 de Mayo, Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; todo de conformidad con el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, admitiendo las referidas a: 1.- Testimoniales referidas a: Declaraciones de los ciudadanos: Contreras Julio Cesar, Clemente García Ramírez, Soto Jaimes Hermes Leonardo, Guerrero Rincón José, Jorge Luis León Cardozo. 2.- Documentales de: Experticia.....