PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los imputados EMILIO RODRÍGUEZ y ROA SÁNCHEZ SOLIS ANTONIO, a quienes se les imputa la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453, en concordancia con el primer aparte del artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Chacón Ortega Damaris; de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.-----------------------------------------------.
SEGUNDO: Se decreta el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal y la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio correspondiente, una vez vencido el lapso legal.--------------------------------------------.
TERCERO: SE DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados EMILIO RODRIGUEZ, de nacionalidad colombiana, natural del Norte de Santander, República de Colombia, titular de la cédula de ciudad.....