PRIMERO: SE ANULA LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, en contra de los ciudadanos: BARRIOS ENRIQUE ANTONIO, titular de la cédula de identidad No. V-13.708.694, TORRES PRADA ANA MARIA, titular de la cédula de identidad No. V-9.248.798, RUIZ CONTRERAS MARCO ANTONIO, titular de la cédula de identidad No. V-15.989.326, CONTRERAS MORENO JONATHAN ALEXANDER, venezolano, natural de Capacho Estado Táchira, nacido en fecha 29-06-1983, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.108.023 y CAMACHO RAMIREZ EVER JACKSON venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-15.233.641, por la presunta comisión del delito de COPARTICIPES EN LA EJECUCION DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 83 ambos del Código Penal venezolano, para los cuatro primeros nombrados e identificados y para el último de los nombrados, por la presunta comisión del delito de COPARTICIPES EN LA EJECUCION DEL DELITO DE .....