este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO SIETE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CARRILLO CASTRO VICTOR MANUEL, venezolano, natural de Capacho, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-9.224.444, de ocupación u oficio carpintero, nacido en fecha 15-08-1963, de 43 años de edad, residenciado por los lados de la Coca-Cola, al final del Terminal de pasajeros, San Cristóbal Estado Táchira; de conformidad con el artículo 318 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que los hechos que dieron origen a la presente averiguación no revisten carácter penal.