Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
UNICO: Respecto a la petición fiscal de no calificar la aprehensión de los ciudadanos GLADIS DANIELA ANGARITA RANGEL, quien dice ser de nacionalidad venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacida en fecha 22-10-1987, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.002.154, soltero, de Profesión u Oficio secretaria, hija de Gladis Rangel (v) y Jesús Angarita (v), residenciada en el Barrio Genaro Mendez, vereda 3, casa Nº 14, teléfono Nº 0414-724.90.79, San Cristóbal Estado Táchira y ROTHMAN RICARDO SANTAMARIA VILLAMIZAR, quien dice ser de nacionalidad venezolana, Natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 13-12-1983, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.791.083, soltero, de Profesión u Oficio obrero.....