JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JORGE LUIS MONSALVE, titular de la cédula de identidad No. V-10.175.982, domiciliado en el Barrio Marco Tulio Ángel, calle principal, La Chucurí, casa no. 13-40, San Cristóbal Estado Táchira, por la falta de Deposito de Sustancias Inflamables, previsto y sancionado en el artículo 516 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 6º del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión.-