Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve de la siguiente manera: --------------------------
Primero: Por verificarse, en su totalidad, los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, se califica como Flagrante en la aprehensión de los ciudadanos: JHON JOSÉ ROJAS GUERRERO, Venezolano, natural de San Juan de Colón, nacido el 20-06-1977, de 27 años de edad, Titular de la Cédula de identidad Nº 13.708.480, de estado civil casado, de ocupación funcionario público, de la Policía del Estado Táchira, Hijo de José Domingo Rojas Méndez y Magola Guerrero, ambos vivos, residenciado en la calle 1 Bis A, casa N° 2-6, Santa Teresa, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, JUAN JOSUÉ LUNA RODRÍGUEZ, Venezolano, natural de San Cristóbal, nacido el 11-08-1984, de 20 años de edad, Titular de la Cédula.....