1. ADMITE LA TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MI-NISTERIO PUBLICO EN CONTRA DE LA CIUDADANA ELVIA MIREYA NIÑO GOMEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-14.605.513, de profesión u oficio Comerciante, residenciada en frente de la fundación de pino, vía La Victoria Bramon Club Las Palmas teléfono 0416-2771349, 0276-6514597 quien fuera asistido por el abogado Humberto Sánchez Defensor Privado por la comisión del delito LUCRO ILEGAL EN ACTOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA , previsto y sancionado en el artículo 72 de la Ley Contra la Corrupción en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
2. ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR EL MINSITERIO PUBLICO de conformidad con el articulo 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
3. CONDENA a ELVIA MIREYA NIÑO GOMEZ, venezolana, titular de la cé-dula de identidad No. V-14.605.513, de profesión u oficio Comerciante, residenciada en frente de la fundación de pino, via La Victoria Bramon Club Las Palmas teléfono 0416-.....