este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos ALDANA RONDON NABOR DE JESUS, venezolano, natural de San Simón, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad Nº V-9.359.509, nacido el 08/05/66, soltero, de 36 años de edad, comerciante, residenciado en el CLUB LA PLAYA, calle Principal barrio el Río, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y de la ciudadana LUQUE TELLO MARILIS COROMOTO, venezolana, natural de San Juan Estado Trujillo, de 26 años de edad, soltera, nacida en el 31/07/74, de oficios del hogar, residencia en el CLUB LA PLA.....