este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JULIO CESAR MORANTES, venezolano, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido el 21-03-1958, de 48 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V.- 5.640.652, Técnico Superior en Electrónica, residenciado en Zorca, San Joaquín, casa N° 0-38, cerca de la Bodega del Colino, estado Táchira, Teléfono: 0416-7764877, por la comisión del delito de COMPLICIDAD SIMPLE EN EL DELITO DE PECULADO DOLOSO PROPIO, previsto y sancionado en el articulo 84, ordinal 3° del Código Penal, en relación con el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de la Fundación para el Desarrollo Social del Estado Táchira (FUNDES) y de los propietarios de los Establecimientos Comerciales denominados A.....