PRIMERO: Se Revisa la Medida y se sustituye por una Medida Cautelar menos Gravosa, al imputado JOSE HIPOLITO BELLO PELALLES, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 7.169.714, debiendo el imputado 1.- Presentarse cada 30 días ante el Tribunal, 2.- Someterse al proceso, 3.- No incurrir en un nuevo hecho delictivo, de conformidad con lo establecido en el articulo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente boleta de libertad.
SEGUNDO: ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO en contra del acusados JOSE HIPOLITO BELLO PELALLES, quien es de nacionalidad Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 7.169.714, nacido en fecha 03-12-1953, de 60 años de edad, de estado civil soltero, ocupación comerciante, residenciado la laguna de Palmira parte baja, calle la pedregosa raya P-37 Municipio Guásimos, estado Táchira teléfono 0416-0475149, por la presunta comisión de los delitos de OBTENCIÓN ILEGAL DE LUCRO CONT.....