TERCERO: Por aplicación del Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, se CONDENA a los acusados ALEXANDER OVALLES SILVA, quien es de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, Norte de Santander, nacido en fecha 10-09-1978, de 34 años de edad, titular de la cedula de Extranjero N° E-84.396.035, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el barrio Rómulo Gallegos, calle principal, casa n° 21, San Cristóbal, estado Táchira, a cumplir la PENA PRINCIPAL de UN (01) AÑO DE PRISION, por la presunta comisión del POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.