este Tribunal Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: UNICO.- Se DECLARA SIN LUGAR la solicitud de entrega de vehículo, cuyas características son: se trata de un vehículo Clase AUTOMÓVIL, Uso PARTICULAR, Tipo SEDAN, Marca DODGE, Modelo CORONET, Año 1975, Color VINO TINTO, Serial del Motor 8 CIL, Serial de Carrocería B540144, Placas 79V-SAM, realizada por el Abogado NELSON EDUARDO MOROS URBINA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.147.011, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 58423 y civilmente hábil, en su carácter de Abogado Asistente de la ciudadana YAJAIRA BARBOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.507.331, domiciliada en Puente Real, Pasaje Yagual, casa No. 10-40, San Cristóbal, Estado Táchira. Y así decide.-