ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano JOSÉ NERSO OLIVEROS CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.024.681, natural de San Cristóbal Estado Táchira, de 49 años de edad, nacido el 10 de febrero de 1.957, hijo de Mario José Oliveros Colmenares(f) y Carmen Chacón de Oliveros(v), casado, Taxista, Carrera 4, Nº 8-81, Táriba, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en la por la comisión de los delitos de AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA previstos y sancionados en los artículos 16 y 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana: Mireya Tricila Andrade de Oliveros.