"...Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara realizada la MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO materializada mediante la entrega de una copia de la llave del portón,y se hace entrega de la misma en este acto al ciudadano ADIXON ALFREDO FLORES LEÓN, ya identificado, como parte demandante, debidamente asistido por la abogada MARIA EUGENIA AMADO VELANDIA, y quien es la persona autorizada para tenerla en los mismos términos que lo ordeno el tribunal de la Causa, quien la recibe conforme y de inmediato procede a probar la requerida copia comprobando con esto que está en perfectas condiciones y que abre perfectamente el portón, respetando en todo momento el Debido Proceso, la Tutela Judicial efectiva y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así mismo, de acuerdo a la solicitud planteada por la parte actora, se ordena la trascripción de un cartel que se fijara en la puerta principal d.....