"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, Supra-identificado visto el Decreto dictado por el Tribunal de la Causa, y a solicitud de la parte demandante ciudadano, JORGE OVIDIO GOMEZ SANTOS, asistido por el Abogado JAIME PEREZ GALLO, se DECLARA EMBARGADO EJECUTIVAMENTE hasta por la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS UNO BOLÍVARES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 64.801,25), el bien inmueble descrito y justipreciado por el perito en su informe y con las situaciones y linderos establecidos y que se dan aquí por reproducidos y se decreta la desposesión jurídica del mismo tal como lo establece el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, haciéndose entrega formal y material de dicho bien Inmueble al Depositario Judicial JOSE DARÍO ZAMBRANO CORZO, quien los recibe en las condiciones antes descritas por el perito en su informe y que se da aquí por reproducido. Así mismo se ordena agregar copia simple del documento de propiedad constante de seis (06) folios útiles tal com.....