"...este Tribunal Ejecutor de Medidas Supra-Identificado, visto el Decreto dictado por el Juzgado de Instancia Comitente, y la solicitud formulada por el abogado Coapoderado de la parte actora, tomando en cuenta el informe y descripción hecha por La Perito designada en este acto, Administrando justicia por autoridad de la ley, se DECLARAN EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE, los bienes muebles que se han descrito, detallado y justipreciado en este momento por La Perito en su Informe en Diecinueve (19) numerales y que se dan aquí por reproducidos y que fueron avaluados prudencialmente en la cantidad de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 3.408.750,oo), motivo por cual se declara la desposesión jurídica de los mismos de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, haciéndose entrega formal y material al ciudadano JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, quien es la persona autorizad para resguardar dicho bienes muebles ya señalados y justipreciados p.....