…Este Juzgado Ejecutor de medidas, una vez justipreciado y avaluado el tanque, debidamente desmontado, procede a hacerle entre del mismo, en calidad de Depósito Necesario, para el cuido y resguardo del mismo, al ciudadano LUIS JHON BARON MUÑOZ, ya identificado, en su condición de representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, a quien se le impone de los deberes y obligaciones en cuanto a su cuido y resguardo, tal como lo establece el artículo 541 del Código de Procedimiento Civil, y como lo establecen las normas de la Ley sobre Depósito Judicial, quien lo recibe conforme en las condiciones expresadas por el perito en su informe. De igual manera es importante resaltar que la solicitud hecha en este acto por la Parte Ejecutante, fue única y exclusivamente la desconexión, vaciado y desmontaje del tanque descrito por el perito previamente y de ninguna manera se ha tocado la columna que sirve de base de un planchón vaciado en concreto rígido, de 2,50 metros de alto, aproximada.....