"...este Juzgado de Municipio Ejecutor de Medidas, Supra-identificado visto el Decreto dictado por el Tribunal de la Causa, y a solicitud de la parte demandante ciudadano, RODOLFO JAIMES SUAREZ, asistido por el Abogado JAIME PEREZ GALLO, y tomando en cuenta que la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela establece los medios alternos para la resolución de los conflictos como formando parte del sistema de justicia venezolano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, es por lo que en consecuencia, SE ABSTIENE de la práctica de la presente medida de embargo ejecutivo para lo cual fue comisionado por el tribunal de la Causa. Por cuanto en este acto no fue necesaria la utilización de los auxiliares de justicia JOSE DARÍO ZAMBRANO CORZO y HOSFRIDO ROSALES GUERRA, ya identificados, se revoca el nombramiento recaído sobe los mismos..."