"...Este Juzgado Ejecutor de Medidas dando estricto cumplimiento a la presente comisión de Embargo Preventivo conferida por el Juzgado de la causa procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley a DECLARAR FORMALMENTE EMBARGADO el bien mueble señalado, descrito y avaluado y DECLARA CONSUMADA LA DESPOSESION JURIDICA DEL MISMO DEL PATRIMONIO DEL DEMANDADO, entregándolo en este acto al depo..."